¿Experto
en Documentos cuestionados o Experto en Grafotecnia?
Richard
Poveda Daza
Abogado
Perito Judicial en Grafotécnia
En
Colombia es habitual acudir a un experto forense
para que emita una opinión especializada
o concepto sobre un tema en particular; esta opinión
se consigna en un dictamen o estudio técnico
que luego es utilizado por el abogado como medio
de prueba judicial y que en algunos casos deberá
sustentarse en audiencia pública para que
sea sometido a los principios de contradicción,
publicidad, oralidad e inmediación de la
prueba.
Tratándose
de discusiones que giren en torno a la autenticidad
o el origen de un documento, es necesario acudir
a una prueba pericial documentológica y el
perito llamado a rendir la experticia debe ser un
Experto en documentos cuestionados.
Es
reiterado el uso de la expresión “grafólogo
Forense” o “perito grafólogo”
para referirse a aquella persona que posee conocimientos
especializados en el análisis de documentos
y manuscritos; y se observa en las solicitudes de
los despachos judiciales frases empleadas a menudo
como : “…practicar la prueba grafológica
de rigor a …..”; también se observan
sendos informes periciales firmados bajo el cargo
de “grafólogo”, ”técnico
Criminalístico”,”Investigador
o técnico forense”, etc., sin embargo
es importante atender las sugerencias de las revistas
internacionales especializadas y a los planteamientos
aprobados en congresos internacionales que han propuesto
acuñar el término de documentología
o de grafotécnica según sea el caso.
En efecto la documentología o documentoscopía
es la disciplina parcial de la Criminalística
que tiene por objeto establecer la materialidad
de la falsificación y su autoría en
cualquier documento. El estudio es el documento
y no exclusivamente la escritura. Los conceptos
como grafocrítica, grafoscopia, grafología
y otros con la raíz grafos, no pueden abarcar
toda la especialidad y se quedan cortos más
aun si tenemos en cuenta los avances tecnológicos
que permiten un desarrollo y perfeccionamiento de
las falsedades.(1)
La
expresión “grafología”
y “perito grafólogo”, supone
la elaboración de un retrato sicológico
del individuo a través de la escritura,(lo
que en Colombia se conoce como grafología
caracterológica), tal y como lo manifiesta
El francés Alain Buquet, doctor en ciencias
físicas y uno de los peritos más conocidos
en el ámbito europeo por sus publicaciones
y frecuentes colaboraciones en la revista OIPC-Interpol,
caso en el cual, sostiene el experto, interviene
necesariamente la personalidad del grafólogo.(2)
La
denominada en Colombia, grafología caracterológica
que busca descifrar la psiquis de quien escribe
no es utilizada como evidencia forense ni ha sido
debatida en los estrados judiciales colombianos
a diferencia de otros países como España
que la utilizan con cierta frecuencia, y especialmente
la denominada “Grafología criminal”,
la cual está en pleno auge por los éxitos
que está consiguiendo. Las unidades policiales
y divisiones de policía científica
se sirven de esta metodología para resolver
las investigaciones y obtener los rasgos identificativos
de la personalidad del autor de un crimen, por mediación
del estudio científico de su grafismo; y
algunos de sus principales exponentes son la Dra.
Mariluz Puente y el profesor Francisco Viñals.
En
Colombia por costumbre es posible encontrar el término
“grafología” al cual se le añade
la expresión “forense” o “Judicial”
para describir las pericias relacionadas con la
autenticidad o falsedad de manuscritos, y es normal
que la licencia que expide el Consejo Superior de
la Judicatura, entidad que regula la inscripción
de auxiliares de la Justicia, refleje el oficio
de “grafólogo”, cuando desde
la perspectiva lingüística y deontológica
el oficio más acertado sería el de
“perito en documentos cuestionados”
o “examinador de documentos” o “documentólogo
forense”, o perito en Grafotecnia, según
sea el caso, como expresiones menos confusas y más
precisas y que además corresponden a la denominación
moderna de corte universal para los estados adheridos
a la Organización Internacional de Policía
Criminal (O.I.P.C.-Interpol), del cual Colombia
es miembro activo.
La
importancia de ajustar conceptualmente estas áreas
del conocimiento radica de manera especial en la
escogencia del perito para la elaboración
del estudio y su posterior sustentación,
pues depende en gran medida de lo que se pretenda
demostrar, ya que la Grafotécnia y la documentología
obedecen a métodos diferentes y desde luego
la formación académica y el objeto
de estudio también son diferentes.
El
tema no es nuevo si se tiene en cuenta que ya desde
1985, la Agrupación de Grafólogos-Asesores
de Francia en un comunicado de prensa confirmaba
dicha precisión: “La grafología
es exclusivamente una técnica de interpretación
que consiste en estudiar y explicar la personalidad
de quien escribe. El peritaje caligráfico
es exclusivamente una técnica de identificación
que investiga la autenticidad de un documento anónimo
confrontándolo con textos conocidos. Durante
un caso judicial los magistrados requieren peritos
calígrafos y no grafólogos”.(3)
En
algunas instituciones estatales como el Departamento
Administrativo de seguridad DAS, pionero en formación
de expertos forenses, desde hace varios años
las personas formadas en documentologia y Grafotécnia
además de recibir formación en ambas
áreas del conocimiento, reciben el titulo
de peritos en documentos cuestionados con énfasis
en grafología y su formación dura
en promedio 2500 horas más la practica en
los laboratorios de la entidad.
Al
revisar los protocolos adoptados en el grupo de
Documentología y Grafología de la
Sección Laboratorios y Criminalística
del Cuerpo Técnico de Investigación,
adscrito a la Fiscalía General de la Nación,
se puede observar cómo el procedimiento interno
“Estudios Grafológicos”, identificado
con el código FGN-42200DG-PR-01, corresponde
precisamente al análisis de firmas y escrituras
manuscritas para determinar su autenticidad o falsedad
y se diferencia de otros protocolos relacionados
con el estudio de documentos, alteraciones y tintas
así:
**Protocolos |
|
Código |
Denominación
|
FGN-42200DG-PR-01 |
Estudios
Grafológicos. |
FGN-42200DG-PR-02
|
Estudios
de documentos con seguridades. |
FGN-42200DG-PR-03
|
Estudio
de documentos sin seguridades. |
FGN-42200DG-PR-04
|
Estudio
de Alteraciones. |
FGN-42200DG-PR-05
|
Estudio
Físico de Tintas. |
**Datos tomados de la RESOLUCION 0-2749 de mayo
12 de 2008, Diario Oficial No. 46.995
Desde
el punto de vista legal la actividad pericial en
Colombia se encuentra descrita en la ley 794 de
2003, en el código de procedimiento Civil
en los artículos 233 y subsiguientes y que
se relacionan con la procedencia de la peritación,
el numero de peritos, el decreto, la práctica
y la posesión del perito, así como
la contradicción, los honorarios y la adición,
ampliación y apreciación del dictamen.
El
código de procedimiento penal colombiano
señala en varios de sus artículos
la procedencia del dictamen grafotécnico,
la obtención de muestras, el número
de peritos, el acompañamiento y asesoría
de la defensa a la audiencia pública por
peritos de su confianza y la base de la opinión
pericial, especialmente en los artículos
249, 406 y subsiguientes, sin embargo en nuestra
opinión y modo de ver , no le corresponde
al legislador descender a tal punto de indicar en
un código de procedimiento penal el modo
de efectuar las actividades periciales pues tales
aspectos meramente técnicos deben estar consignados
en manuales o protocolos específicos para
cada área, o de lo contrario se termina incurriendo
en apreciaciones equivocadas como sucede en el artículo
249 de nuestro actual ordenamiento procesal, que
de manera errónea enumera una serie de “reglas”
para la obtención de muestras para examen
grafotécnico como “pedirle al imputado
que escriba la firma que se dice falsa” ,lo
cual no solo no debe hacerse por ningún motivo
sino que contraviene lo estipulado por el manual
unificado de servicios en documentologia y grafología
forense que aconseja no mostrar al amanuense el
documento de duda ni inducirlo en la realización
de firmas.
Nota para: criminalisticaforense.com
Por: Richard Poveda
Perito Judicial en Grafotecnia
Experto en Documentos Cuestionados
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(1)
Dr. Mariano A. Real Villarreal, Profesor Titular
del Departamento de Sociología I de la Universidad
de Alicante. Criminólogo. Profesor de Documentoscopia
del Instituto de Criminología.
(2)Apartes
tomados de LA ACTIVIDAD DEL PERITO CALÍGRAFO
Y ALGUNAS DE SUS“MÁXIMAS DE EXPERIENCIA”
MÁS CONTROVERTIDAS. Dr. Mariano A. Real
(3)Buquet, A. Graphologie de personnalité
et d’identification. París: Expansión
Scientifique Publications,